Introducción
Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca 6134 Orden de 8 de octubre de 2018, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la realización de acciones de asesoramiento a explotaciones agrarias, en el Marco del Programa de Desarrollo Rural de la Región de Murcia 2014-2020 (FEADER).
La continua necesidad de adaptación de la actividad agropecuaria a las nuevas demandas de la sociedad, que incluyen, entre otras, el respeto al medio ambiente, la salud pública, la sanidad animal y vegetal y el bienestar de los animales, la conservación y mejora de la biodiversidad, la mitigación y adaptación al cambio climático, la protección del agua, el incremento en el uso de energías renovables, conversiones de explotaciones y la diversificación de su actividad económica, entre otras, exige el cumplimiento de las normas sobre condicionalidad y de buenas prácticas agrarias que garanticen actuaciones adecuadas para un desarrollo rural sostenible, así como, la incorporación al campo de la más puntera innovación tecnológica, surgida del reforzamiento de lazos entre la actividad agraria y la investigación.
Ello implica que la Administración siga potenciando un sistema de asesoramiento que facilite y garantice estos objetivos, alentando al uso de estos
servicios de asesoramiento a agricultores, jóvenes agricultores, ganaderos, a los titulares forestales, a otros gestores de tierras y a las PYME’s de las zonas rurales, como respuesta a la demanda y a la necesidad de alcanzar un desarrollo rural sostenible. Si bien, este sistema de asesoramiento tiene carácter obligatorio por imperativo legal comunitario, en base al apartado 1 del artículo 12 del Reglamento (UE) n.º 1306/2013, su inclusión como medida en los Programas de Desarrollo Rural regionales es opcional.
Aun así y con el fin de armonizar su implementación en el ámbito nacional, el Marco Nacional de Desarrollo Rural establece los elementos comunes para su programación. Esta operación, relevante para todas las prioridades de desarrollo rural, contribuye especialmente a fomentar la transferencia de conocimientos e innovación en los ámbitos agrario y forestal y en las zonas rurales en general, con el objeto de mejorar la viabilidad y rentabilidad de las explotaciones, así como su sostenibilidad.
El Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia aprobado por Decisión de Ejecución de la Comisión de 3 de julio de 2015 incluye como submedida 2.1, el apoyo para contribuir a la obtención de los servicios de asesoramiento, con el objeto de ayudar a agricultores, ganaderos, jóvenes agricultores y otros gestores de tierras, titulares de explotaciones forestales y PYME’s de las zonas rurales, a beneficiarse de este servicio para la optimización de los resultados técnicos y económicos de su actividad, haciéndolos compatibles con la protección del medioambiente.
El Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del Parlamento Europeo y el Consejo de 17 de diciembre de 2013 relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) fue modificado por el Reglamento (UE) 2017/2393 del Parlamento Europeo y el Consejo de 13 de diciembre de 2017 en el que establece que el procedimiento de selección de los organismos seleccionados para la prestación de los servicios de asesoramiento se realizará mediante un procedimiento de selección abierto a organismos tanto públicos como privados. Esta modificación permite el realizar un procedimiento de selección a través tanto de contratación pública como de subvención.
Además, en lo relativo a los controles de esta submedida se atenderá, a lo dispuesto en el artículo 55 del Reglamento de Ejecución (UE) n.º 809/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014 sobre disposiciones relativas a los controles de medidas específicas, como es el sistema de asesoramiento a explotaciones agrarias en la Región de Murcia.
La presente Orden se adecúa a los principios de buena regulación, así los principios de necesidad y eficacia están garantizados al tratarse del establecimiento de las bases reguladores de unas ayudas contempladas en el PDR 2014- 2020, aprobado por la Comisión Europea, por lo que estamos ante el instrumento adecuado para conseguir los fines de interés general que persigue la medida. El principio de proporcionalidad y el principio de eficiencia se respetan pues contiene la regulación adecuada que deben contener unas bases reguladoras para la correcta gestión de las ayudas. El principio de seguridad jurídica se ha tenido en cuenta al incardinarse estas bases reguladoras en la normativa comunitaria y básica estatal. En aplicación del principio de transparencia se ha remitido el proyecto de Orden al Portal de la Transparencia de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia al tiempo que se ha subido a la página web de la Consejería, por lo que se ha propiciado la participación activa de los interesados en la presente norma.
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En el BORM del 05 de junio de 2021 se ha publicado la Orden de 31 de mayo de 2021, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente, por la que se modifica la Orden de 8 de octubre de 2018, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la realización de acciones de asesoramiento a explotaciones agrarias, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de la Región de Murcia 2014-2020 (FEADER).